Quiso quedar embarazada con semen de su esposo fallecido y la Corte Suprema le dio una respuesta


La pareja, casada desde 2003, había proyectado formar una familia y en 2016 firmaron un consentimiento informado para iniciar un tratamiento de fecundación asistida. Además, en febrero de 2013, el esposo le otorgó a la mujer un poder general amplio, que incluía la autorización para disponer del uso de sus muestras de semen «las veces que se considere necesario.»

Sin embargo, la autorización judicial para utilizar el material genético crioconservado en un tratamiento de fertilización asistida post mortem fue denegada en primera instancia. La Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó esta decisión, señalando la aplicación de los artículos 560, 561 y 562 del Código Civil y Comercial de la Nación. Estos artículos estipulan que la voluntad procreacional debe expresarse mediante un consentimiento previo, informado y libre, y que no puede ser ejercida por representación ni presumirse, ya que constituye un derecho personalísimo.

El fallo de la Corte Suprema

Finalmente, el caso llegó a la Corte Suprema, que decidió por mayoría, con los votos de los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti (voto concurrente) y Ricardo Lorenzetti, que el recurso extraordinario presentado estaba mal concedido debido a la falta de fundación autónoma. Con esta decisión, se cerró la posibilidad de que la mujer utilice el material genético de su fallecido esposo para intentar concebir.

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